Este pudiera ser el momento para el análisis, luego de ocho años, incluidos los pandémicos, de funcionamiento de esa variante del cuentapropismo consistente en arrendar baños públicos donde hay que pagar (un peso fijado antes de la pandemia) para usar los servicios mínimos de inodoro, urinario y lavamanos.
En las disposiciones iniciales se estableció que regirían los precios de lo toma o lo dejas en caso de perfumes, talcos, cosméticos, duchas, entre otros incluídos el actual necesario jabón para el lavado de las manos como medidida anticovid.
Por supuesto que el balance de las experiencias debiera ser también realizado por quienes fueron encargados del control, chequeo y fiscalización del cumplimiento de lo legislado al respecto (o mejor dicho: los que en la actual estructura quedaron con esas funciones).
Y no únicamente hay que indagar con los cuentapropistas por incidencias en gastos por electricidad, agua, mantenimiento de locales, insumos y productos, así como el pago de la tarifa acordada por el arrendatario.
También resulta util preguntar, ver y oler si el local recibe mantenimiento o restauración, y si está higiénico o si carecende agua para mantenerlo.
Para contribuir a la toma de experiencia, invitamos a leer las opiniones de los lectores en Lo no estatal (I) publicado el 7 de agosto de 2015 y en Lo no estatal (II Parte) publicado el 14 de agosto de 2015.
En cada localidad, seguramente los que tenían ya uso de razón en la década de los años 70 del siglo pasado, podrán contar cuántas instalaciones sanitarias públicas había, sobre todo para orinar, pues la prestación gratuita de ese servicio era parte de la manera de atraer clientes, sobre todo si se trataba de un bar.
Efectivamente, los que dirigen una entidad, ya sea una cafetería, una terminal de ómnibus o una empresa no tienen que invertir tiempo en administrar algo tan aparentemente sencillo como un baño público, pero valdría la pena preguntar si lo ahorrado por ese concepto lo están empleando en otras gestiones o si sencillamente se está perdiendo.
Este asunto que parece trivial, pudiera tener más preguntas que respuestas, y aquí van algunas interrogantes, sin ánimo de dar opiniones concluyentes, sino para despertar el interés en un tema que pudiera ir hasta ser conceptual en el sentido de qué arrendar y qué mantener bajo gestión estatal, qué cobrar y qué subsidiar.
¿Quién controla y exige que los baños públicos no estén apestosos? ¿El usuario? ¿O hay alguna entidad con esas funciones? ¿Cómo pagar de acuerdo con la calidad del servicio prestado? ¿Puede una persona necesitada de orinar elegir no hacerlo allí porque la relación precio-calidad no es correcta e ir a otra instalación?
Hay quienes jocosamente dicen que los ahora existen los verdaderos baños "públicos" (públicos en el sentido de que se pierde privacidad al hacer algo en público), pues además de cobrados, se van haciendo cada vez más escasos, y en el caso de los hombres, hacen esas necesidades de manera pública, virados de espalda o en cualquier vericueto.
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