"El próximo 26 de noviembre, las elecciones van a tener una respuesta contundente de nuestro pueblo, sobre todo porque lo precede el día 25, en que se cumple el primer aniversario de la desaparición física del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz, quien fuera el mayor artífice del sistema electoral cubano", expresó recientemente Alina Balseiro Gutiérrez, presidenta de la Comisión Electoral Nacional, al actualizar sobre los pasos electorales que se vienen desarrollando y se desarrollarán en el proceso de elecciones generales que vive nuestro país.
Cercana ya las elecciones de los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular, fijadas para el 26 de noviembre próximo, compartimos algunas claves a tener en cuenta para ese día:
UBICACIÓN DEL COLEGIO ELECTORAL
- Antes del día de la votación usted debe informarse en qué lugar está ubicado su colegio electoral para ejercer su derecho al voto.
INSCRIPCIÓN EN LA LISTA DE ELECTORES
- Usted debe verificar su inscripción en la Lista de Electores, la cual estará expuesta en lugares visibles y de mucha concurrencia en su comunidad, de no estar en dicha lista debe dirigirse a la comisión electoral de circunscripción o a las organizaciones de masas del territorio.
HORARIO DE LA VOTACIÓN
- El día de la votación (26 de noviembre) podrá ejercer el derecho al voto desde las 7am y hasta las 6 de la tarde.
DOCUMENTOS A PRESENTAR
- Usted debe presentar su carnet de identidad, Tarjeta de menor para los casos de arribantes a 16 años o Documento de Identidad de las FAR o,Documento que emita la Oficina de trámites cuando usted no posea documento de identidad por cualquier razón que no constituya una incapacidad legal para el ejercicio del derecho al sufragio activo.
MODELO DE INCLUSIÓN
- De no encontrarse en la lista y residir de manera permanente en la circunscripción, Ud. debe pedir ejercer su derecho al voto y que se incluya su nombre, con sus dos apellidos, dirección y carné de identidad, número de zona y CDR en el modelo de inclusión.
PREPARACIÓN ANTES DE VOTAR
- La mesa está obligada a enseñar a cada elector de cómo se ejerce su derecho al voto.
FIRMA EN LA LISTA DE ELECTORES
- Usted debe firmar con tinta donde se encuentra inscripto en la Lista de electores o modelo de inclusión como constancia de que asistió a ejercer su derecho al voto.
EL MOMENTO DE LA VOTACIÓN
- Cuando se le entrega la boleta vacía y doblada debe proceder a votar en los cubículos preparados para ello en el colegio electoral.
PROCEDIMIENTO PARA LA VOTACIÓN
- Usted debe votar por un solo candidato de los que figuran en la boleta, escribe una X, junto al nombre del candidato al que confiere su voto, a continuación debe doblar la boleta e introducirla en la urna.
EN CASO DE IMPEDIMENTO FÍSICO
- Usted debe saber que en caso de impedimento físico y necesite ayuda puede auxiliarse de otra persona que usted seleccione, siempre que no sea un candidato nominado, ni miembro de la Mesa electoral u otra autoridad electoral.
EN CASO DE NO PODER ASISTIR AL COLEGIO ELECTORAL
- En caso de que usted por algún impedimento físico o enfermedad no pueda asistir al colegio, puede solicitar a la mesa electoral que se le facilite el ejercicio de su derecho al voto en su domicilio u otro lugar donde se encuentre; un miembro de la mesa electoral podrá llevarle la boleta y podrá ejercer el voto.
EN CASO DE ERROR AL MARCAR EN LA BOLETA
- En caso de que usted advierta que ha marcado erróneamente la boleta, podrá solicitar se le entregue otra boleta, previa devolución de la anterior.
De acuerdo con la Ley Electoral No.37, usted puede ejercer el sufragio activo (votar) si:
- Ha cumplido dieciséis (16) años de edad;
- Es residente permanente en el país por un período no menor de dos (2) años antes de las elecciones y está inscripto en el Registro de Electores del Municipio y en la relación correspondiente a la circunscripción electoral del lugar donde tiene fijado su domicilio; o en la lista de una circunscripción electoral especial;
- Se presenta en el Colegio Electoral con el carné de identidad o el documento de identidad de los institutos armados a que pertenece;
- No está declarado judicialmente como incapacitado mental;
- No está cumpliendo sanción de privación de libertad aun cuando se encuentran disfrutando de libertad condicional, licencia extra penal, gozando de pase; o cumpliendo una sanción subsidiaria de la privación de libertad;
- No esté privado de sus derechos políticos, por sentencia de los tribunales, como sanción accesoria, a partir del cumplimiento de su sanción principal.
Manuel
20/11/17 12:48
Ley no. 73 no 37....
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