La proclamación de la Constitución de Jimaguayú, el 16 de septiembre de 1895, fue el resultado palpable de la reunión mambisa sostenida en esa localidad camagüeyana desde el día 13. A poco más de seis meses de reiniciada la guerra contra el dominio colonial español, los patriotas organizaban su gobierno en armas.
Fue en el primer párrafo de esa carta magna donde, por vez primera, se llamó explícitamente a la Mayor de las Antillas con el nombre de República de Cuba. La entonces colonia quedó definida como Estado democrático, libre e independiente.
En la asamblea de Jimaguayú trabajaron 20 delegados. Todos los territorios en combate estuvieron representados. Más de la mitad de los constituyentitas pertenecían a la intelectualidad de clase media. La mayoría, por la edad, no había participado en la Guerra de los Diez Años.
Estos “pinos nuevos”, según ha escrito la investigadora Francisca López Civeira, estaban influidos por las ideas liberales de la época, al tiempo que defendían un mecanismo que diera libertad al poder civil y al militar sin interferencias mutuas.
Por su parte, Salvador Cisneros Betancourt, hombre de Guáimaro, arribó a la constituyente con la idea de replicar la organización refrendada en abril de 1869. Los representantes del territorio dirigido por Antonio Maceo, por otro lado, defendieron con vehemencia su concepción de dotar a los militares de las mayores facultades. El artículo 13 del proyecto de ley suprema llevado por ellos sostenía que el presidente “será el Generalísimo del Ejército”. Mientras, el artículo 15 afirmaba que el vicepresidente debía ser el segundo jefe del Ejército.
Tras la lectura de ese proyecto, Fermín Valdés Domínguez tomó la palabra. Aunque coincidió con aspectos, se opuso, apoyado por Enrique Loynaz del Castillo, a la fusión de los máximos cargos civiles y militares. Después de un debate, la votación sobre el tema quedó con 15 votos a favor de la separación de poderes y 5 en contra. De todos modos, se aprobó una fórmula que, en principios, otorgaba bastante autonomía al cuerpo armado.
El Ejército Libertador quedó ligeramente subordinado a la dirección política mediante una secretaría de Guerra y el aparato civil acordado fue más apropiado que el de Guáimaro. Un presidente, un vicepresidente y cuatro secretarios conformarían el Consejo de Gobierno, el cual asumiría también las funciones legislativas.
Un elemento significativo de la Carta Magna de Jimaguayú fue su artículo 24. Este ordenaba que en el plazo de dos años, si la guerra no había acabado, debía convocarse a otra constituyente. El historiador Oscar Loyola Vega explicó en Historia de Cuba. 1492-1898 que con esa disposición se evitaban “los escollos que la ausencia de tal precepto había provocado en la Revolución de 1868”.
Basados los redactores de la constitución en la amarga experiencia del Zanjón, codificaron una importante idea en el artículo 11: un futuro tratado de paz con España debía “tener precisamente por base la Independencia absoluta” y requeriría ratificación “por el Consejo de Gobierno y la Asamblea de Representantes convocada expresamente para ese fin”.
Aunque la nueva constitución no satisfizo a cabalidad las demandas históricas del momento, sus hacedores tuvieron a la emancipación nacional como brújula. En Jimaguayú se dio un paso necesario hacia la unidad de los revolucionarios y la institucionalización de la batalla anticolonial.
Alina
11/8/23 4:38
Excelente explicación. Me ha ayudado mucho en la síntesis para la preparacion para las pruebas de ingreso de historia.
Laudelina
30/9/21 7:57
Excelente redacción. Buen trabajo
Taimir
16/9/21 16:05
Muy buen trabajo periodístico ,y muy buena clase de historia además
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