La Disposición Transitoria Segunda de la Constitución, proclamada el pasado 10 de abril, dispone que, en el plazo de tres meses, luego de aprobada la Ley Electoral, la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) elegirá entre sus diputados a su Presidente, Vicepresidente, Secretario y demás miembros del Consejo de Estado, y al Presidente y Vicepresidente de la República.
En correspondencia con lo anterior, los miembros de la Comisión Nacional de Candidaturas dieron lugar a un proceso de consulta con los diputados de todo el país, para conocer sus propuestas sobre aquellos diputados que en su criterio deberán integrar los correspondientes proyectos de candidaturas que serán sometidos a su consideración en la próxima Sesión Extraordinaria del parlamento cubano para la elección de tan altos cargos que tendrá lugar este 10 de octubre.
Sobre esta experiencia vivida hace unos días, varios diputados coincidieron en calificarla como un acto de responsabilidad y compromiso pleno con el pueblo, así como, un ejercicio de democracia participativa, donde los proyectos a las correspondientes candidaturas de la dirección del país, serían resultado de su responsable decisión.
Como ya es conocido para asumir altos cargos, el único requisito exigido es ser diputado, como representante del pueblo que lo eligió, aunque con vista a ser Presidente de la República se debe tener entre 35 y 60 años de edad, recordó Mari Machado.
Al respecto y como dato interesante, la vicepresidenta de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Ana María Mari Machado precisó, recientemente en el programa Hacemos Cuba que, aunque es meritorio contar con una representación de jóvenes en el seno de la Asamblea Nacional del Poder Popular, de sus 599 diputados, 53 de ellos no tienen todavía 35 años, y en el caso de los de mayor edad, 56 ya rebasan las seis décadas de vida.
Conscientes del determinante rol que desempeña la figura del diputado al interior del sistema político y electoral cubano, Cubahora convocó a sus lectores a participar en el foro ¿Qué atributos se deben tener en cuenta a la hora de elegir a nuestros diputados?.
Según el artículo 84º, de la Constitución de la República, “los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular tienen el deber de desarrollar sus labores en beneficio de los intereses del pueblo, mantener contacto con sus electores, oír sus planteamientos, sugerencias y críticas, y explicarles la política del Estado. Asimismo, rendirán cuenta del cumplimiento de sus funciones, según lo establecido en la ley.”
Entre sus deberes figura “mantener una conducta de acuerdo con los principios éticos que corresponden a su condición de diputado”. Precisamente, para María Elena, una de nuestras foristas, esta debe ser una condición determinante a la hora de elegir a nuestros diputados, quienes deben llevar en sí el amor a la patria, así como principios que encierren valores morales y éticos.
De igual forma, un diputado debe “abstenerse de invocar o de hacer uso de su condición en beneficio personal o en el ejercicio de gestiones indebidas a favor de terceros”. En este sentido, Yhem –otro de nuestros usuarios- reconoce que la condición primera de un diputado es su actitud revolucionaria, demostrada en la vida cotidiana, ser ejemplo siempre, con amplio apego a los problemas que le rodean y fiel compromiso con los problemas del otro. En fin, tener sentido de pertenecia.
Es obligación también de los diputados cumplir con los acuerdos de la Asamblea Nacional en cuanto les conciernan. Visto de esta forma, Alejandro Magno considera que, además de los atributos mencionados anteriormente, un diputado debe caracterizarse por tener una basta cultura integral, incluida cultura y conocimientos jurídicos que le permita aportar de manera constructiva en cada debate que se presente en el seno de la ANPP.
Pero no solo deberes rondan a esta figura comprometida con el deseo de la mayoría de un pueblo, sino que una serie de derechos también la sustentan:
a) participar con voz y voto en las sesiones de la Asamblea Nacional y en las reuniones de las Comisiones de que formen parte;
b) asistir con voz pero sin voto a las reuniones de las Comisiones de que no formen parte;
c) solicitar y obtener de los órganos y organismos estatales, así como de empresas y entidades, en los diferentes niveles la información que resulte necesaria para el ejercicio de sus funciones. Cuando se trate de información clasificada como Secreto Estatal, deberá hacerse de conformidad con lo establecido en la legislación vigente, por conducto del Presidente de la Asamblea Nacional;
d) ejercer la iniciativa legislativa;
e) solicitar de la Asamblea Nacional se manifieste acerca de la constitucionalidad de un decreto-ley, decreto u otra disposición general;
f) hacer preguntas al Consejo de Estado, al Consejo de Ministros y a los miembros de uno u otro órgano y a que éstas les sean respondidas en el curso de la misma sesión o en la próxima;
g) ser recibido para tratar asuntos relacionados con el ejercicio de su función por los funcionarios de organismos de la Administración Central del Estado, los órganos locales del Poder Popular y los subordinados a la Asamblea Nacional del Poder Popular y al Consejo de Estado;
h) recabar la actuación de la autoridad facultada ante cualquier transgresión de la ley de que conozcan y a recibir respuesta sobre ello;
i) recibir de los órganos locales del Poder Popular y de las oficinas auxiliares de la Asamblea Nacional apoyo y facilidades a su alcance que contribuyan al mejor cumplimiento de sus obligaciones;
j) asistir con voz pero sin voto a las sesiones de las asambleas provinciales y municipales del Poder Popular;
Precisamente, sobre la figura del diputado dijo nuestro Héroe Nacional José Martí: “Hombre encargado por el pueblo para que estudie su situación, para que examine sus males, para que los remedie en cuanto pueda, para que esté siempre imaginando la manera de remediarlos. La silla curul es la misión: no es la recompensa de un talento inútil, no es el premio de una elocuencia incipiente, no es la satisfacción de una soberbia prematura. Se viene a ella por el mérito propio, por el esfuerzo constante, por el valer real; por lo que se ha hecho antes, no por lo que se promete hacer»
Este 10 de octubre, fecha en que se recuerda el inicio de las guerras por la independencia, no habrá una sesión constitutiva del órgano supremo del Estado, pues la misma tuvo lugar tras las últimas elecciones generales. Como recoge las disposiciones transitorias de la Constitución, y de la Ley Electoral, ahora corresponde realizar los nuevos cambios en las estructuras de dirección del país. Un ejercicio de responsabilidad que ejercen los diputados cubanos para continuar con el proyecto social refrendado en la Constitución.
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