sábado, 21 de septiembre de 2024

Parlamento decidirá carga impositiva

A partir de enero venidero entrará en vigor de manera progresiva una nueva ley tributaria, cuya carga impositiva anual será determinada por el parlamento…

Raúl Menchaca López en Exclusivo 23/11/2012
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Conferencia de prensa Ley Tributaria - Portada
Conferencia de prensa sobre la ley # 113 del Sistema Tributario, realizada en la sede del Ministerio de Finanzas, en La Habana, el 22 de noviembre de 2012.

La Asamblea Nacional del Poder Popular será la encargada de determinar en su próxima sesión,  los impuestos, contribuciones y tasas que se aplicarán durante el año venidero, de acuerdo con la nueva Ley Tributaria que entrará en vigor de manera progresiva a partir de enero.

Según explicó a Cubahora la viceministra de Finanzas y Precios, Meisi Bolaños, la adecuación de los tributos formará parte de la Ley del Presupuesto del Estado que se discute en el Parlamento cada diciembre para el nuevo año.

Esa discusión entre los diputados hace que serán los legisladores quienes determinen la carga impositiva anual, según los 19 impuestos, tres contribuciones y tres tasas que establece la Ley 113, del Sistema Tributario, y el Decreto 308, de las Normas generales y los procedimientos tributarios.

Bolaños calificó la nueva legislación como moderna y flexible, e indicó que está a la altura del contexto internacional pues recoge las experiencias de China, Vietnam, Venezuela, Brasil, España y México, aunque se adecuó a las particularidades y condiciones del país, luego de analizar y perfeccionar la anterior.

“Por eso, la nueva política tributaria es una herramienta de especial importancia para el Estado en la conducción de la economía”, dijo en rueda de prensa la Jefa del Grupo de Políticas Macroeconómicas de la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo de los Lineamientos, Juana Liliam Delgado.

La funcionaria explicó que la intención es garantizar suficientes ingresos monetarios para mantener el gasto social, algo vital para una nación como la nuestra, donde los programas sociales consumen más de la mitad del presupuesto estatal.

Delgado recordó que también es necesario mantener el déficit presupuestario en un rango sostenible, es decir lograr un adecuado equilibrio financiero.

La nueva legislación se distingue por la generalidad en su aplicación, lo cual significa que todas las personas naturales y jurídicas, con capacidad económica, están obligadas al pago de los tributos establecidos, aunque se incluyen algunos regímenes especiales para determinadas actividades económicas.

Por ejemplo, los poseedores de tierras en usufructo estarán exonerados del pago de impuestos durante dos años, período que se extiende hasta cuatro en los casos de terrenos con infestación de marabú u otras plantas indeseables.

Además habrá una carga tributaria menor  para el sector agropecuario, aunque se impondrá un impuesto por la ociosidad de tierras agrícolas y forestales, sean estatales o privadas.

Entre las novedades también se destacan liberar a quienes se inicien por primera vez en el trabajo por cuenta propia, en los tres primeros meses de actividad, del pago de las obligaciones tributarias, aunque tendrán que contribuir a la seguridad social.

Ese beneficio estará disponible para quienes se reincorporen al empleo no estatal, siempre que hayan transcurridos 36 meses desde que causaron baja del sector.

Igualmente quienes hayan construido sus casas con esfuerzo propio recibirán un periodo de cinco años libres del pago del Impuesto sobre la Propiedad de la Vivienda, gravamen que por el momento no se exigirá.

Los arrendadores de vivienda tendrán el mismo tratamiento que los demás trabajadores por cuenta propia sujetos al Régimen General de Tributación, por lo que pagarán un 10 por ciento sobre los ingresos.

En la nueva Ley Tributaria, las remesas no estarán gravadas por el Impuesto sobre Ingresos Personales y como las condiciones no están creadas tampoco lo estarán los salarios.

Otra novedad es que una parte de los ingresos que se capten mediante el cobro de tributos a las empresas, sociedades mercantiles y cooperativas, servirá para financiar el desarrollo sostenible de los municipios donde se encuentren.

El porcentaje de la contribución territorial para los programas de desarrollo local será definido también por la Asamblea Nacional, cuando apruebe la Ley del Presupuesto.

Al entrar en vigor este nuevo instrumento jurídico quedarán derogadas la Ley 73 de 1994, el Decreto-Ley 169 de 1997 y cerca de otras 200 regulaciones emitidas por el Ministerio de Finanzas y Precios para normar la actividad tributaria en el país. 


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Raúl Menchaca López


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