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lunes, 25 de noviembre de 2024

MIPYMES: Positivas expectativas para el futuro de la economía cubana

Avanza el marco legal y regulatorio para las MIPYMES en Cuba...

Luis René Fernández Tabio en Exclusivo 19/08/2021
2 comentarios
Taxis ruteros, nuevas medidas
El nuevo sistema para el ordenamiento legal de las tres categorías, TCP, MIPYMES y cooperativas no agropecuarias reordena y perfecciona el sistema empresarial y enriquece sus posibilidades con mayor flexibilidad y oportunidades

La aprobación por el Consejo de Ministros de la República de Cuba del decreto ley sobre las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) estatales y privadas, el 6 de agosto de 2021, evidencia la continuación a paso firme de las reformas en la economía cubana.  Anteriormente, el 26 de mayo, la misma se había debatido y aceptado en el Consejo de Ministros. No es una decisión menor ni coyuntural, sino una transformación estructural del sistema que abarca a todos los agentes económicos, estatales y privados. Tiene un carácter estratégico e implicaciones de largo plazo. Está basada en documentos discutidos y aprobados desde hace una década por el Partido, socialmente analizados y debatidos en los más disímiles foros y niveles, respaldada por la Constitución. Su propósito es la descentralización administrativa y la diversificación para estimular todas las potencialidades y aumentar la eficiencia y el crecimiento económico.

Cabe subrayar entonces que no es resultado de las difíciles y complejas condiciones de crisis económica por las que atraviesa el país desde el año pasado, desatadas por la confluencia de la pandemia de la COVID-19, la correspondiente crisis mundial y la criminal guerra económica de Estados Unidos contra Cuba. En realidad debía sorprender la implementación de medidas de gran calado y trascendencia institucional, porque tienen riesgos y costos, y sus beneficios socioeconómicos no se apreciarán de manera inmediata. Como sucede frecuentemente en las decisiones económicas, estas poseen un retardo en la expresión de sus efectos, entorpecidos ahora por la pandemia y el hostil entorno internacional.  

No obstante posee un efecto significativo socio-psicológico nada despreciable, al abrir las expectativas de los emprendedores y otros agentes económicos, que ya están movilizados a presentar sus propuestas. En este momento, luego del anuncio de la aprobación de la Ley sobre MIPYMES cubanas se está ofreciendo información sobre las condiciones y características para su establecimiento. A través de las distintas instancias del gobierno involucradas en la tarea, se ha dado a conocer los aspectos principales de esta ley, las características y condiciones de las mismas y los procedimientos para su puesta en práctica.

  • Puede consultarlas aquí

En la actualidad existen negocios funcionando bajo las regulaciones y licencias del Trabajo por Cuenta Propia (TCP), que en la práctica por el número de empleados desbordaban su significado. Estas serán las primeras fuentes de creación de MIPYMES privadas. El nuevo sistema para el ordenamiento legal de las tres categorías, TCP, MIPYMES y cooperativas no agropecuarias reordena y perfecciona el sistema empresarial y enriquece sus posibilidades con mayor flexibilidad y oportunidades.

La clasificación de las MIPYMES en Cuba se realiza de acuerdo al número de asociados y trabajadores ocupados por estas empresas. Las microempresas deben tener entre 1 y 10 ocupados, las pequeñas entre 11 y 35 y las medianas de 36 hasta 100.  El número de “ocupados” cuenta tanto los socios de la empresa como sus trabajadores. En el modelo cubano no se incluyen otros indicadores como un tamaño mínimo del capital inicial, lo que dadas las condiciones actuales sería un obstáculo. El patrón de gestión de estas empresas como forma jurídica será de una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Ello significa que tales empresas responden de sus obligaciones con los activos constitutivos de la empresa. Es decir, en caso de deudas, la empresa cuenta con su patrimonio sin afectar la propiedad personal de los socios.   Asimismo los asociados y trabajadores tienen derecho a los mismos beneficios de la seguridad social que los trabajadores del sector estatal.

La nueva legislación incluye el establecimiento de MIPYMES de propiedad estatal y las mismas funcionarán en las mismas condiciones que las de propiedad privada, aplanando el terreno de juego. Tales empresas tienen mayor capacidad económica, gran flexibilidad pero al mismo tiempo no gravitan sobre el presupuesto estatal en caso de no lograr beneficios. Esta condición es sumamente importante porque debe tender a reducir la parte del déficit estatal ocasionado por empresas estatales que terminan el periodo fiscal en números rojos. 

La ley sobre las MIPYMES enriquece, diversifica y permite descentralizar el tejido empresarial cubano y aprovechar al máximo sus potencialidades, incluidas las iniciativas con alto componente de especialización tecnológica. La experiencia sobre este tipo de empresas en el mundo es muy favorable. De conjunto, aunque no todas logren ser exitosas, desplegarán iniciativas eficientes y competitivas, crearán empleo, y generarán ofertas de productos y servicios hasta ahora no satisfechas por las empresas estatales. 

Como parte del perfeccionamiento empresarial cubano estimulan la confianza, dada las mayores garantías en las relaciones contractuales productivas y de servicios. Tales condiciones favorecen los encadenamientos económicos internos y externos, tanto con entidades privadas como estatales. El desarrollo de las MIPYMES y las Cooperativas no agropecuarias deben estimular las exportaciones y eventualmente atraer fuentes de capital extranjero. 

Este tipo de empresa puede crear con mucha mayor facilidad los vínculos entre empresas estatales y privadas. En la medida que esta experiencia se desarrolle y profundice podría favorecer la formación de empresas mixtas, estimulando la tan necesaria inversión extranjera de pequeña y mediana escala, que consiguiera favorecer y formalizar el aporte de capital de cubanos residentes en el extranjero. Se ha demostrado en otras experiencias que estas fuentes no solamente pueden aportar remesas, sino inversiones y flujos comerciales.

Ello debe otorgar beneficios a la economía en términos macroeconómicos en crecimiento del Producto Interno Bruto, ingreso nacional, exportaciones e inversiones, y favorecer potencialmente la eficiencia de las grandes empresas estatales, liberadas de muchas actividades que le permitan concentrarse mejor en actividades estratégicas y de gran tamaño, como pueden ser los sectores energéticos, la minería y las telecomunicaciones.

La expansión de micro, pequeños y medianos emprendedores ya ha demostrado sus enormes posibilidades en desarrollos tecnológicos que aportan soluciones claves a problemas de la economía del país, como la producción de softwares, vehículos no tripulados para distintas funciones y muchas otras iniciativas insospechadas y beneficiosas para el país. El aprovechamiento de todos los aportes que pudieran hacer estas empresas seguramente requerirá, como ha sucedido en otros casos, de una revisión y ajuste del sistema económico en su integralidad para favorecer el funcionamiento de las mismas, desde las facilidades de acceso a financiamiento interno y externo, así como a los insumos a través de mercados mayoristas internos a precios estimulantes y las vías expeditas y menos burocráticas para el comercio exterior. Puede faltar todavía mucho por hacer y pulir en nuestro modelo económico, pero se anda en el camino correcto. 

El establecimiento de las MIPYMES de origen estatal debe favorecer la diversificación de los agentes económicos actuando mediante relaciones monetario mercantiles, las responsabilidades legales tributarias y bancarias. Las MIPYMES de capital público podrán beneficiarse de sus resultados, pero también asumir sus fracasos. La existencia de estos nuevos agentes económicos de propiedad estatal debe favorecer la eficiencia económica y la descentralización. Empresas estatales medianas y pequeñas consiguen actuar a escala municipal, regional y hasta provincial, junto a las creadas por iniciativa privada, ajustándose mejor a las oportunidades, condiciones y demandas de la economía a esos niveles.  

De manera general la mayoría de los funcionarios y expertos en estos temas han reconocido la gran importancia que tienen estas transformaciones del entorno empresarial cubano, si bien no faltan las observaciones críticas. Cabe esperar a partir de la experiencia práctica ajustes en el nuevo sistema para ponerlo a punto. Una vez se controle la pandemia y se inicie la recuperación económica en la llamada nueva normalidad, no cabe duda que las MIPYMES sorprenderán por su notable aporte socioeconómico al país.


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Luis René Fernández Tabio

Profesor Titular e Investigador del Centro de Investigaciones de Economía Internacional de la Universidad de La Habana

Se han publicado 2 comentarios


Eduardo
 20/8/21 23:43

Cuba debe seguir el ejemplo que dan China y Vietnam, cual es,  un sistema bastante liberal en lo económico y un control político para evitar el predominio de los intereses perivados.

Alberto
 20/8/21 15:42

​Un artículo conciso y didáctico.

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