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viernes, 15 de noviembre de 2024

El Título III se desencadena

A partir de este jueves 2 de mayo se activa en Título III de la Ley Helms-Burton...

Dalia González Delgado en Exclusivo 02/05/2019
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Caricaturas Cuba VS Título iii
El 17 de abril pasado terminaron las especulaciones, cuando el Secretario de Estado, Mike Pompeo, anunció que a partir del 2 de mayo el Título III quedaría activado. (Alfredo Lorenzo Martirena Hernández / Cubahora)

¿Qué consecuencias tendría la implementación del Título III de la Ley Helms-Burton? Esa pregunta ha estado rondando durante varios meses, desde que el gobierno de Donald Trump comenzó a amenazar con la posible activación de la normativa. ¿Se atrevería Estados Unidos a implementar una medida que podría afectar sus relaciones con socios económicos importantes? ¿Pesaría más el sentido común o el deseo de castigar a Cuba a cualquier precio?

El 17 de abril pasado terminaron las especulaciones, cuando el Secretario de Estado, Mike Pompeo, anunció que a partir del 2 de mayo el Título III quedaría activado. Ese acápite otorga el permiso a nacionales de Estados Unidos para llevar a las cortes a todo el que “trafique” con “propiedades norteamericanas” en Cuba. De acuerdo con el texto de la ley, consideran “propiedad norteamericana” a las nacionalizadas por el gobierno cubano después de 1959. En cuanto a la definición de “traficar”, se incluye la compra, recepción, uso o inversión posterior en esas propiedades.

En la práctica, eso permitirá a los estadounidenses demandar en cortes federales a compañías, incluso de terceros países, que tengan negocios con las propiedades que fueron nacionalizadas después de 1959. La lista incluiría también a cubanos que emigraron y se naturalizaron.

La Helms-Burton ofrece al presidente la potestad para suspender por un período de seis meses el Título III. Eso es lo que habían hecho hasta el momento todos los gobiernos en la Casa Blanca, pues las consecuencias de abrir esa puerta serían perjudiciales no solamente para Cuba, sino para Estados Unidos y sus aliados. Pero el gobierno de Donald Trump ha demostrado poco respeto por los aliados y las normas del derecho internacional.

¿Qué pasará a partir de este jueves? Algunas personas ya han anunciado que presentarán demandas. Por ejemplo, Javier García Bengoechea reclama  la propiedad del puerto de Santiago de Cuba, y pretende pedir una compensación a la línea de crucero Carnival por el uso de esa instalación.

Asimismo, otra familia de cubanos residentes en Estados Unidos prepara litigios contra las empresas españolas Meliá y Blau. Según reportes de prensa, pedirán indemnizaciones por el manejo de hoteles en un terreno en Holguín que antes de 1959 era una hacienda azucarera.

Es probable que ejemplos como esos se multipliquen durante los próximos días. Podrían abrirse cientos de demandas contra corporaciones de todo el mundo, desde compañías españolas hasta chinas o estadounidenses.

Marriott International, American Airlines, Delta Air Lines, Jet Blue Airways, Carnival Corporation & plc, Norwegian Cruise Line y Royal Caribbean International figuran en la lista de las posibles demandadas, pues operan en sitios sobre los que existen reclamaciones certificadas.

No obstante, algunos expertos opinan que empresas estadounidenses que hacen negocios en Cuba, como Airbnb, aerolíneas y compañías de cruceros, saldrán ilesas. Según declaró a Prensa Latina el abogado Robert Muse, especialista en estos temas, una provisión de la normativa establece que no constituyen “tráfico” las transacciones relacionadas con viajes legales a Cuba.

Pero dado que esta es la primera vez que una administración da luz verde al Título III, existe una gran incertidumbre sobre cómo los tribunales en Estados Unidos interpretarán la letra de la ley. Lo que suceda con las primeras demandas podría sentar precedentes para el futuro.

Incluso, no se puede descartar la posibilidad de que, a partir de las reacciones de terceros países sobre la aplicación del Título III, se genere un debate sobre el tema en el Congreso de Estados Unidos, o que algún tribunal, al revisar alguna demanda, considere la Helms-Burton anticonstitucional.

Pero más allá de lo que suceda en las cortes estadounidenses, el propósito de la Helms-Burton, incluido el Título III, es espantar a los posibles inversores extranjeros y ahogar la economía cubana. Así lo ratificó el canciller cubano, Bruno Rodríguez Parrilla, durante una conferencia de prensa reciente. “La meta declarada es asfixiar la economía con la finalidad de arrancar concesiones políticas a nuestro gobierno”.

Durante esa intervención Rodríguez Parrilla recordó además que en 1996 se aprobó en Cuba la Ley 80  (Ley de Reafirmación de la Dignidad y Soberanía Cubanas), que declara ilícita, inaplicable y sin valor ni efecto jurídico alguno la Helms-Burton.

Esa legislación cubana establece que las indemnizaciones por las propiedades estadounidenses nacionalizadas después de 1959 podrán formar parte de un proceso negociador entre ambos gobiernos, sobre la base de la igualdad y el respeto mutuo. No obstante, aclara que quedará excluida de posibles negociaciones cualquier persona que utilice los procedimientos y mecanismos de la Ley Helms-Burton, o trate de emplearlos en perjuicio de otros.

Está claro que la activación del Título III no tiene como objetivo resolver el asunto de las compensaciones mutuas, tema sobre el cual hubo tres reuniones entre representantes de ambos gobiernos durante la administración de Barack Obama.

La incertidumbre creada por la aplicación del Título III ha generado preocupación y protestas en varias latitudes. Engage Cuba, una coalición que realiza lobby en Washington a favor del levantamiento del bloqueo, criticó la medida y consideró que si se abre una marea de litigios eso supondrá una carga para el sistema judicial de Estados Unidos.

Igualmente, el grupo afirmó que negociar con el gobierno cubano a través de canales diplomáticos de alto nivel hubiera sido mucho más factible para lograr una compensación por las propiedades nacionalizadas, tal como ocurrió con Canadá, España y otros países europeos.

La Unión Europea ha reaccionado con firmeza, y en una carta redactada el 10 de abril por la Comisión Europea y dirigida a Pompeo, amenazó con iniciar una demanda ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) si se activaba el Título III.

“La UE considera que la aplicación extraterritorial de medidas restrictivas unilaterales (…) es contraria al derecho internacional”, afirma la misiva, firmada por la alta representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Federica Mogherini; y la comisaria de Comercio, Cecilia Malmstrom. Si Estados Unidos sigue adelante con sus planes, la UE “estaría obligada a utilizar todos los medios a su disposición, incluso en cooperación con otros socios internacionales, para proteger sus intereses”.

Igualmente, en una declaración conjunta, Mogherini, Malmstrom, y la ministra de Relaciones Exteriores de Canadá, Chrystia Freeland, afirmaron que la decisión de Estados Unidos tendría "un impacto importante en los operadores económicos legítimos de la UE y Canadá en Cuba".

"Estamos decididos a trabajar juntos para proteger los intereses de nuestras empresas en el contexto de la OMC", dijeron, y agregaron que la acción de los Estados Unidos "solo puede llevar a una espiral innecesaria de acciones legales".

La Helms-Burton viola principios básicos del derecho internacional, como la autodeterminación, la soberanía, la libertad de comercio, la no injerencia en los asuntos internos de otros Estados y el derecho a las nacionalizaciones. La aplicación de su Título III busca expandir los daños de una ley extraterritorial y condenada cada año por la comunidad internacional.


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Dalia González Delgado

Profesora e investigadora del Centro de Estudios Hemisféricos y sobre Estados Unidos (CEHSEU) de la Universidad de La Habana.


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